Comisiones bancarias abusivas en 2026: cuáles se pueden reclamar, con límites legales exactos y ejemplos de cálculo

Si alguna vez has mirado tu extracto bancario y te has preguntado por qué te cobran una comisión que no recuerdas haber aceptado, no eres el único. Las comisiones bancarias abusivas son uno de los motivos de queja más frecuentes ante el Banco de España, y muchas pueden reclamarse y recuperarse con los intereses correspondientes.

Este artículo no se queda en explicar qué comisiones «pueden ser» abusivas: incluye los porcentajes exactos que marca la ley para la comisión de amortización de hipoteca, el criterio jurisprudencial preciso que declara usurarias las tarjetas revolving (los «6 puntos porcentuales» fijados por el Tribunal Supremo), un ejemplo completo de cálculo de reclamación con intereses, y el nombre exacto del portal donde presentar la queja ante el Banco de España.

Aviso legal: este artículo tiene un carácter informativo y no sustituye el asesoramiento legal personalizado. Para reclamaciones concretas, especialmente las de importe elevado o que impliquen productos financieros complejos, se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho bancario.

Índice

  1. Qué convierte una comisión en abusiva: el marco legal
  2. Por qué este tema afecta a tanta gente: la cifra del Banco de España
  3. Comisión de reclamación de posiciones deudoras: el importe típico y por qué falla casi siempre
  4. Comisión por amortización anticipada de hipoteca: los porcentajes exactos de la Ley 5/2019
  5. Tarjetas revolving: el criterio de los 6 puntos porcentuales que fija el Tribunal Supremo
  6. Otras comisiones reclamables (con lo que dice la norma en cada caso)
  7. Comisiones que sí suelen ser legales
  8. Cómo calcular lo que te deben devolver: ejemplo completo con intereses
  9. Cómo reclamar paso a paso, con plazos exactos de cada fase
  10. Plazos de prescripción: qué se puede reclamar y hasta cuándo
  11. Modelo de escrito de reclamación
  12. Errores frecuentes al reclamar
  13. Cómo evitar comisiones abusivas en el futuro
  14. Preguntas frecuentes

1. Qué convierte una comisión en abusiva: el marco legal

La Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, junto con las circulares del Banco de España, establece el principio central: una comisión solo es legítima si retribuye un servicio real, efectivamente prestado, y que el cliente haya aceptado o solicitado de forma expresa.

Una comisión es abusiva cuando:

  • Se cobra automáticamente, sin gestión individualizada real detrás.
  • No se informó de ella con la claridad y antelación que exige la ley (con carácter general, un mínimo de dos meses de preaviso ante cualquier modificación).
  • No corresponde a ningún servicio efectivamente prestado.
  • Su importe es desproporcionado respecto al coste real del servicio.
  • Se aplica repetidamente por el mismo hecho.

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de marzo de 2023 reforzó este criterio para las comisiones de apertura, y el Tribunal Supremo español mantiene la misma línea: sin transparencia ni contraprestación identificable, el cobro carece de fundamento jurídico.

2. Por qué este tema afecta a tanta gente: la cifra del Banco de España

Según la última Memoria de Reclamaciones del Banco de España, el organismo recibió más de 34.000 reclamaciones relacionadas específicamente con comisiones y gastos bancarios en un solo ejercicio. Las fusiones y absorciones que ha seguido sufriendo el sector bancario español también generan nuevas oleadas de reclamaciones, porque los cambios de condiciones tras una integración suelen traer comisiones que antes no existían.

3. Comisión de reclamación de posiciones deudoras: el importe típico

Es probablemente la comisión más reclamada en España. Se aplica cuando una cuenta se queda en descubierto y el banco cobra un importe fijo —habitualmente entre 30 y 40 euros— por «gestionar» esa deuda. El problema: en la mayoría de los casos el banco no acredita ninguna gestión real (ni llamada, ni carta certificada, ni actuación individualizada), solo un cargo automático generado por un sistema informático. El criterio constante del Banco de España es que esta comisión únicamente es legítima si existe una gestión efectiva, personalizada y distinta del simple envío de un aviso automático. Si te la han cobrado varias veces por el mismo descubierto, o sin ninguna gestión demostrable, tienes muy buenas opciones de reclamar con éxito.

4. Comisión por amortización anticipada de hipoteca: los porcentajes exactos

La Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (vigente desde el 16 de junio de 2019), fija límites máximos concretos, y la comisión nunca puede superar además la pérdida financiera real que sufra el banco:

Tipo de hipotecaMomento de la amortizaciónLímite máximo
Interés variablePrimeros 3 años0,25% del capital reembolsado
Interés variablePrimeros 5 años (opción alternativa)0,15% del capital reembolsado
Interés variablePasado el plazo pactado (3 o 5 años)0% (no se puede cobrar nada)
Interés fijoPrimeros 10 años2% del capital reembolsado
Interés fijoA partir del año 101,5% del capital reembolsado

Ejemplo: amortizas anticipadamente 20.000 € de una hipoteca variable en el segundo año de vida del préstamo, con el límite del 0,25% pactado. La comisión máxima que puede cobrarte el banco es de 50 € (20.000 € × 0,25%). Si te ha cobrado más de esa cifra, o te la ha cobrado después de agotado el plazo de 3 o 5 años pactado, el exceso es reclamable en su totalidad.

Si tu hipoteca se firmó antes del 16 de junio de 2019, se aplican los límites de la normativa anterior (Ley 41/2007), que en muchos casos permitía porcentajes distintos, por lo que conviene revisar la fecha exacta de firma antes de calcular el límite aplicable a tu caso.

5. Tarjetas revolving: el criterio de los 6 puntos porcentuales

Es uno de los frentes de reclamación con mayor recorrido en 2026, y tiene un criterio jurisprudencial concreto que pocas guías explican con precisión: la Sentencia del Tribunal Supremo 258/2023, de 15 de febrero, fijó que una tarjeta revolving es usuraria (nula, en aplicación de la Ley de Represión de la Usura de 1908) cuando su TAE, en el momento de la contratación, supera en más de 6 puntos porcentuales el tipo medio de mercado para ese producto según los datos publicados por el Banco de España.

Cómo se aplica en la práctica:

  • Si en el momento en que firmaste tu tarjeta el tipo medio de mercado para revolving era, por ejemplo, del 20%, cualquier TAE pactada por encima del 26% sería, en principio, usuraria.
  • Una TAE del 23,9% en un caso donde el tipo medio rondaba el 20% no fue considerada usuraria por el propio Tribunal Supremo, precisamente porque no superaba esos 6 puntos de diferencia.
  • Para tarjetas anteriores a 2010 (cuando no existían las tablas del Banco de España con este detalle), se toma como referencia el tipo medio publicado para ese primer año disponible.

Si el contrato se declara usurario, la consecuencia es contundente: el contrato es nulo en su totalidad, y el cliente solo está obligado a devolver el capital dispuesto, sin intereses ni comisiones, lo que en la práctica supone recuperar todo lo pagado de más durante años de tarjeta.

6. Otras comisiones reclamables

  • Comisión de mantenimiento y administración de cuenta: reclamable si subió el importe sin el preaviso mínimo, si se vendió la cuenta como «sin comisiones» y luego se cobró sin consentimiento expreso, o si se aplica a cuentas casi sin movimiento sin servicio real detrás.
  • Comisión por descubierto: reclamable cuando se acumula junto con los intereses de demora (doble penalización por el mismo hecho) o cuando el porcentaje aplicado es desproporcionado.
  • Comisiones por transferencias u operaciones mal ejecutadas: reclamables en su totalidad, más los daños causados por el retraso, si el fallo es imputable al banco.
  • Comisiones de cambio de divisa: reclamables si no se informó del tipo de cambio ni de la comisión asociada antes de la operación.
  • Gastos de constitución de hipoteca (notaría, gestoría, registro) repercutidos íntegramente al cliente en hipotecas firmadas antes de la Ley 5/2019: siguen siendo objeto de reclamación con un porcentaje de éxito judicial muy elevado.
  • Servicios «gratuitos» que empezaron a cobrarse sin modificación contractual firmada: reclamables desde el primer cobro si no hubo comunicación fehaciente ni aceptación expresa del cambio.

7. Comisiones que sí suelen ser legales

  • Mantenimiento de cuenta, si se comunicó correctamente y pudiste darte de baja o cambiar de producto.
  • Servicios efectivamente prestados y solicitados (duplicado de tarjeta, certificado bancario).
  • Intereses ordinarios y de demora dentro de los límites legales.
  • Comisiones por operar en cajeros de otras entidades, si estaban informadas en el contrato y en el propio cajero antes de confirmar la operación.

8. Cómo calcular lo que te deben devolver: ejemplo completo

Supongamos que tu banco te ha cobrado la comisión de reclamación de posiciones deudoras (35 €) en 6 ocasiones distintas a lo largo de los últimos 3 años, sin que exista gestión real detrás de ninguna de ellas:

  • Principal a reclamar: 35 € × 6 = 210 €
  • Intereses legales del dinero (aplicables desde la fecha de cada cargo hasta la devolución, a un tipo que se fija anualmente): si tomamos como referencia un interés legal aproximado del 3,25% anual y una media de 18 meses transcurridos desde cada cobro, el interés adicional rondaría los 10-12 € en conjunto.
  • Total aproximado a reclamar: unos 220-222 €.

El cálculo exacto de intereses varía según la fecha concreta de cada cargo y el tipo de interés legal del dinero vigente cada año (se publica anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado), por lo que conviene detallar cada cobro con su fecha exacta en el escrito de reclamación.

9. Cómo reclamar paso a paso, con plazos exactos

Paso 1 — Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco: reclamación por escrito, detallando cargos, fechas e importes, y solicitando expresamente la devolución. Plazo de respuesta: aproximadamente 1 mes (algunas entidades fijan 15 días hábiles).

Paso 2 — Defensor del Cliente: si el SAC no resuelve a tu favor o no contesta en plazo, es la siguiente instancia interna del banco. Plazo de resolución: en torno a 2 meses.

Paso 3 — Banco de España: si sigues sin respuesta satisfactoria, presenta la reclamación ante el Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España, a través de su portal online de reclamaciones (clientebancario.bde.es). Es gratuito y no requiere abogado. El informe no es vinculante, pero pesa mucho a la hora de negociar o de presentar una demanda posterior.

Paso 4 — Vía judicial: para cantidades pequeñas, el procedimiento monitorio es rápido y no exige necesariamente abogado ni procurador en todas sus fases. Para importes elevados o casos complejos (hipotecas multidivisa, revolving), conviene un abogado especializado desde el principio.

10. Plazos de prescripción

  • Comisiones abusivas por incumplimiento de transparencia: reclamables durante los últimos 5 años, en línea con el plazo general de prescripción de acciones personales del Código Civil.
  • Cláusulas declaradas nulas por abusivas (como una tarjeta revolving usuraria): la nulidad no prescribe, aunque los efectos económicos (la devolución de cantidades) sí suelen sujetarse a los plazos generales.
  • Plazo de respuesta del banco: 15 días hábiles a 1 mes.
  • Plazo del Banco de España: varios meses, por la carga de expedientes.

11. Modelo de escrito de reclamación

Un escrito de reclamación al SAC debería incluir, como mínimo:

- Datos personales completos y número de cuenta o contrato afectado.
- Descripción detallada de cada comisión considerada indebida, con fecha
  e importe exacto de cada cargo.
- Motivos: falta de información previa, ausencia de servicio real,
  importe desproporcionado, aplicación repetida por el mismo hecho.
- Petición expresa: devolución del importe cobrado, más los intereses
  legales correspondientes, y cese de la aplicación futura de esa
  comisión.
- Fecha, firma y solicitud de acuse de recibo o número de expediente.

Conserva copia de este escrito junto con el justificante de envío: es la prueba principal para las siguientes fases.

12. Errores frecuentes al reclamar

  • No guardar los extractos antiguos: sin histórico, es más difícil demostrar la reiteración del cobro.
  • Reclamar de palabra en la oficina, sin dejar constancia escrita.
  • Saltarse pasos de la escalada (ir directo a los tribunales sin pasar antes por el SAC y el Banco de España).
  • No calcular ni reclamar los intereses, además del importe cobrado indebidamente.
  • Dejar pasar demasiado tiempo antes de reunir la documentación.

13. Cómo evitar comisiones abusivas en el futuro

  • Revisa los extractos mensualmente (diez minutos al mes bastan para detectar un cobro extraño).
  • Activa las alertas de tu app bancaria por cada comisión aplicada.
  • Lee el folleto de tarifas máximas antes de firmar cualquier producto y compáralo con lo que después aparece en el extracto.
  • Evita descubiertos siempre que sea posible: buena parte de las comisiones más reclamadas nacen ahí.
  • Vigila los cambios de condiciones tras fusiones bancarias.
  • Compara periódicamente tu cuenta con otras opciones del mercado: existen cuentas sin comisión de mantenimiento con requisitos sencillos (nómina domiciliada, movimientos mínimos con tarjeta).

14. Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar comisiones de hace varios años? Sí, en general dentro de los últimos 5 años, aunque conviene revisar cada caso porque el cómputo puede variar según el tipo de comisión y contrato.

¿Tiene coste reclamar al Banco de España? No, el trámite es gratuito y no requiere representación legal.

¿Qué pasa si el Banco de España me da la razón pero el banco no devuelve el dinero? El informe no es vinculante; el siguiente paso realista es la vía judicial, donde ese informe favorable suele jugar un papel relevante como prueba.

¿Puedo reclamar si ya cerré la cuenta o cambié de banco? Sí, siempre que los cobros se encuentren dentro del plazo de prescripción aplicable.

¿Cómo sé si mi tarjeta revolving es usuraria? Compara la TAE que pagas (o pagabas) con el tipo medio de mercado publicado por el Banco de España para revolving en el año en que la contrataste: si la diferencia supera los 6 puntos porcentuales, hay una base sólida para reclamar por usura.

¿La comisión de amortización de mi hipoteca es siempre del 2%? No necesariamente: depende de si tu hipoteca es fija o variable, de cuándo se firmó y de en qué momento de la vida del préstamo la cancelas. Los porcentajes exactos están en la tabla del punto 4.

Conclusión

Las comisiones bancarias no son inevitables ni intocables. Conocer los porcentajes exactos que marca la ley para la amortización de una hipoteca, el criterio preciso de los 6 puntos porcentuales para detectar una revolving usuraria, y seguir el orden correcto de reclamación —SAC, Defensor del Cliente, Banco de España y, si hace falta, vía judicial— es lo que marca la diferencia entre resignarse a pagar de más y recuperar un dinero que, en muchos casos, nunca debiste pagar.

Este artículo tiene un carácter informativo y no sustituye el asesoramiento legal personalizado. Para reclamaciones concretas, especialmente aquellas de importe elevado o que impliquen productos financieros complejos, se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho bancario.

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