ITP al comprar una vivienda de segunda mano por comunidad autónoma en 2026 (con tipos reducidos exactos)

Actualizado el 21 de octubre de 2026

Resumen: al comprar una vivienda de segunda mano a un particular pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que cede a cada comunidad autónoma la fijación del tipo: va desde el 4 % del País Vasco hasta el 10 % o más en otras comunidades, con tipos reducidos para jóvenes, familias numerosas o vivienda protegida. Lo paga el comprador y la base no puede ser inferior al valor de referencia del Catastro. Si no lo liquidas a tiempo, hay recargos e intereses.

ITP al comprar vivienda de segunda mano: tipos por comunidad 2026

Comprar una vivienda de segunda mano no solo implica negociar el precio con el vendedor. Hay un gasto que puede suponer varios miles de euros y que muchos compradores descubren tarde: el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que no es el mismo en toda España: va del 4% al 13% según la comunidad autónoma. Esta guía, además de los tipos generales, incluye los porcentajes exactos de los tipos reducidos más relevantes (jóvenes, familias numerosas, VPO), el coste real del trámite y una confirmación importante sobre la regla del valor de referencia catastral.

Qué es el ITP y cuándo se paga

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), grava la compraventa de bienes entre particulares. Se regula por el Real Decreto Legislativo 1/1993 (Texto Refundido de la Ley del ITP y AJD), pero su gestión y buena parte de la regulación están cedidas a las comunidades autónomas, que fijan su propio tipo y sus propias bonificaciones.

  • Vivienda de segunda mano (comprada a un particular, o segunda o ulterior transmisión): se paga ITP.
  • Vivienda nueva (primera entrega, comprada al promotor): se paga IVA (10% en general, 4% en VPO) más AJD (0,5%-1,5% según comunidad).

Nunca se pagan ambos impuestos por la misma operación: en segunda mano, el ITP sustituye por completo al IVA.

Quién paga el ITP y sobre qué base se calcula

El obligado es, casi siempre, el comprador. La base imponible no es simplemente el precio de escritura: es el mayor de estos dos valores:

  • El precio real pactado en la compraventa.
  • El valor de referencia del Catastro, publicado anualmente por la Dirección General del Catastro.

Un matiz importante que conviene tener muy claro: desde la reforma de 2022, no es posible pagar menos ITP declarando un precio inferior al valor de referencia catastral. Si ese valor de referencia es superior al precio pactado, Hacienda liquidará igualmente sobre esa cifra más alta, con independencia de lo que hayas negociado con el vendedor. Conviene consultar el valor de referencia en la sede electrónica del Catastro antes de firmar, porque declarar por debajo sin justificación puede derivar en una comprobación de valores y una liquidación complementaria con intereses de demora.

El valor de referencia de un inmueble se puede consultar en la Sede Electrónica del Catastro.

Tabla de tipos generales de ITP por comunidad autónoma en 2026

Comunidad autónoma Tipo general ITP 2026
Madrid 6%
Navarra (régimen foral) 6%
Ceuta y Melilla 6% (con bonificación adicional)
Canarias 6,5%
Andalucía 7%
La Rioja 7%
País Vasco (régimen foral) 4% vivienda habitual / 7% resto
Galicia 8%
Murcia 8%
Aragón 8% (escalado hasta 10% según valor)
Asturias 8% (escalado hasta 10% según valor)
Castilla y León 8% (escalado hasta 10% según valor)
Cantabria 9%
Castilla-La Mancha 9%
Extremadura 8% (escalado hasta 11% según valor)
Cataluña 10% (11% en el tramo que supere 1.000.000 €)
Comunidad Valenciana 9% general desde el 1 de junio de 2026 (10% para operaciones formalizadas hasta el 31 de mayo de 2026); 11% en inmuebles de mayor valor
Baleares Escala progresiva del 8% al 13% según valor

Varias comunidades aplican escalas progresivas en lugar de un tipo único. Antes de cerrar una compra, verifica el tipo exacto en la web de la Hacienda autonómica correspondiente.

Tipos reducidos: cifras exactas de las comunidades con más operaciones

Los tipos reducidos no se aplican automáticamente: hay que acreditar documentalmente que cumples los requisitos al liquidar el impuesto.

  • Andalucía: tipo general del 7%, reducido al 6% para viviendas de hasta 150.000 €, y al 3,5% para menores de 35 años, víctimas de violencia doméstica o de terrorismo, y viviendas en municipios con riesgo de despoblación.
  • Comunidad Valenciana: tipo reducido del 8% para vivienda habitual de jóvenes menores de 35 años con renta limitada (frente al 9%-10% general).
  • Baleares: tipo reducido del 4% para vivienda habitual de hasta 270.151,20 €, que baja al 2% para menores de 36 años, familias numerosas o monoparentales y personas con discapacidad, con bonificación del 100% (exención de facto) para menores de 30 años en su primera vivienda habitual.
  • Cantabria: tipo reducido del 5% cuando se acredita que la vivienda va a rehabilitarse y el coste de las obras alcanza al menos el 25% del precio de compra.
  • Galicia: tipo del 6% (o 4% en zonas rurales) para inmuebles que se rehabilitan en los 36 meses posteriores a la compra.
  • VPO: en la mayoría de comunidades (Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana, Murcia, entre otras), la compra o segunda transmisión de una Vivienda de Protección Oficial mantiene tipos reducidos del 4%-5%, con límites de precio y destino a residencia habitual.

Cómo se calcula el ITP: ejemplos prácticos

Vivienda de 200.000 €, tipo general, sin bonificaciones:

  • Madrid (6%): 12.000 €
  • Andalucía (7%): 14.000 € — pero si tienes menos de 35 años, con el tipo reducido del 3,5%: 7.000 € (la mitad)
  • Galicia (8%): 16.000 €
  • Cataluña (10%): 20.000 €
  • Comunidad Valenciana (9%, desde junio 2026): 18.000 €

Vivienda de 500.000 € en Cataluña (10%, sin superar el millón): 50.000 €, frente a 30.000 € en Madrid: una diferencia de 20.000 € por el mismo inmueble, solo por la comunidad autónoma donde esté ubicado.

Plazo y coste del trámite

El plazo para liquidar el ITP es de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura de compraventa (no desde la firma del contrato de arras). Se tramita ante la Hacienda autonómica del lugar donde está el inmueble (no donde resida el comprador), mediante el Modelo 600 (algunas comunidades usan formularios propios). El coste de tramitación online del modelo, cuando se contrata a través de una gestoría especializada, suele rondar los 60 €, al margen de la cuota del impuesto en sí.

Qué pasa si no pagas el ITP en plazo

  • Recargos por presentación extemporánea, crecientes cuanto más tiempo pase.
  • Intereses de demora adicionales.
  • Imposibilidad de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad hasta acreditar el pago: el registrador exige la justificación de la liquidación antes de inscribir, así que retrasar el pago deja tu propiedad sin la máxima protección legal frente a terceros.

ITP frente a IVA y AJD: la comparación con la vivienda nueva

Impuesto Cuándo se aplica Tipo general Quién lo paga
ITP Vivienda de segunda mano entre particulares 4%-13% según CCAA Comprador
IVA Vivienda nueva (primera transmisión) 10% (4% en VPO) Comprador
AJD Escritura notarial y préstamo hipotecario 0,5%-1,5% según CCAA Comprador

En comunidades con ITP elevado (Cataluña, Baleares en sus tramos altos), la diferencia de coste fiscal entre comprar vivienda nueva o de segunda mano puede ser menor de lo esperado, porque el IVA más el AJD también son un desembolso considerable. En comunidades con ITP bajo, como Madrid, la segunda mano suele salir fiscalmente más barata.

Errores frecuentes al calcular o pagar el ITP

  • Calcular el ITP solo sobre el precio de escritura sin comprobar antes el valor de referencia del Catastro (desde 2022, ya no es posible tributar por debajo de ese valor).
  • Dar por hecho que cumples un tipo reducido (edad, familia numerosa, discapacidad) sin comprobar los requisitos exactos de tu comunidad.
  • Dejar pasar el plazo de 30 días hábiles, generando recargos evitables y retrasando la inscripción registral.
  • Olvidar el ITP al calcular el presupuesto total de la compra: junto con notaría, registro y gestoría, suele suponer entre un 10% y un 15% adicional sobre el precio en las comunidades con tipos más altos.
  • Pensar que el ITP se paga en la comunidad de residencia del comprador, cuando siempre se paga donde está ubicado el inmueble.

Te puede interesar también: quién paga cada gasto de la compraventa, los trámites después de comprar, cuánto dinero necesitas ahorrado y cómo comprar una vivienda de segunda mano.

Fuentes oficiales: tipos de Madrid (Decreto Legislativo 1/2010) y de Andalucía (Ley 5/2021); para el resto de comunidades, consulta su normativa de tributos cedidos.

Ejemplo orientativo

Ejemplo orientativo: Por un piso de 200.000 euros se pagan unos 12.000 euros de ITP en Madrid (6 %), 14.000 en Andalucía (7 %) y 20.000 en Cataluña (10 %) con el tipo general. Los jóvenes, las familias numerosas o las viviendas de poco valor pueden tener tipos reducidos según la comunidad.

Cifras redondeadas y verificadas con las fuentes oficiales a 21/10/2026; tu caso puede tener matices que cambien el resultado.

Conclusión

El ITP es uno de los gastos más importantes y menos conocidos de comprar vivienda de segunda mano, con diferencias de varios miles de euros según la comunidad autónoma. Conocer el tipo general exacto de tu comunidad, comprobar si encajas en alguno de los tipos reducidos (que pueden llegar a suponer la mitad del tipo general, como en Andalucía para menores de 35 años, o incluso una exención casi total, como en Baleares para menores de 30) y verificar el valor de referencia catastral antes de firmar son los pasos que evitan tanto sorpresas como sobrecostes evitables.

Fuentes oficiales

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Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Actualizado el 21 de octubre de 2026.

Equipo editorial de legalwebhost.com

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